* Lo deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes.
* El Consejo General resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador en contra del Presidente Municipal de Tuxtla Gutiérrez, por propaganda personalizada, en la que promocionó su imagen y su nombre, violentando el artículo 134 de la Constitución Federal.