* El Consejo General aprobó acuerdos para ajustar la normatividad interna de esta autoridad electoral a la vigencia jurídica del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.

* Se adaptó la denominación de la Secretaría Administrativa, diversas Direcciones y Comisiones Permanentes y Provisionales.

* El Código de Elecciones y Participación Ciudadana será la base normativa de las actividades del Proceso Electoral Local 2021: consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas.

 

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* Durante dos días se llevaron a cabo diversas mesas de reflexión con la finalidad de divulgar y fortalecer la cultura democrática, incentivar la participación política y representatividad de grupos en situación de vulnerabilidad.

* Las instituciones electorales detentan la responsabilidad constitucional no sólo de organizar comicios, sino también de garantizar derechos en favor de la igualdad, para lograr una democracia igualitaria: Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas.

 

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* De los Convenios se destaca la capacitación e implementación del uso de la Firma Electrónica Avanzada y Bóveda de Documentos Electrónicos.

* El vínculo entre la tecnología y las elecciones está en boga, por lo que este organismo tiene el compromiso de avanzar en el uso de la tecnología para el próximo Proceso Electoral 2021: Oswaldo Chacón Rojas.

* La Firma Electrónica Avanzada es una herramienta que da certeza jurídica, y será una aliada en tiempos de pandemia durante el Proceso Electoral: Helmer Ferras Coutiño.

 

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* La promoción personalizada está expresamente prohibida por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

* Se resolvió un Procedimiento Especial Sancionador en contra de funcionarios municipales de Emiliano Zapata por la comisión de Violencia Política en Razón de Género.

* También se aprobó un Procedimiento Ordinario Sancionador en contra de un partido político, por la acreditación de la infracción por afiliación y uso indebido de datos personales.

 

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* La ciudadanía interesada ya registrada, que aún no entregan la constancia de residencia que expiden los Ayuntamientos, podrán hacerlo a más tardar durante la etapa de cotejo documental.

* En tanto los ayuntamientos expidan la constancia de residencia, las y los interesados tienen dos días para incorporar al sistema la declaración bajo protesta de decir verdad de su residencia en el estado.

* Con este acuerdo, se salvaguardan los derechos ciudadanos y el IEPC contará con más candidatos y candidatas para integrar estos órganos colegiados: consejero Edmundo Henríquez Arellano.

 

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